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  • Foto del escritorErika Andrea Vargas

JUSTICIA VACÍA: REPORTAJE

Actualizado: 7 oct 2020

En Colombia, la comunidad LGTBIQ+ ha tenido una lucha incansable por la búsqueda de sus derechos, en especial, las personas trans que después de casarse, deciden ser felices e identificarse legalmente con su ser.


Por: Erika Andrea Vargas Silva


Foto tomada de: www.milenio.com


El laberinto jurídico para poder continuar con un matrimonio luego de realizar el cambio de sexo, una investigación de Natalia Rueda, investigadora de la Universidad Externado de Colombia, que abrió paso a la visibilización de los vacíos legales para las personas trans.


“Cuando alguien se cambia de sexo acá debe hacerlo bajo gravedad de juramento, algo así como renunciar a sus derechos por su felicidad”, dice Carlos García, abogado especialista en derecho civil. Antes de 2015, las personas que decidieran cambiar el componente sexo en su registro civil y cédula de ciudadanía, debían presentar un certificado psicológico que confirmara que padecían un trastorno mental denominado dismorfia corporal, es decir, eran tratados como enfermos. Actualmente, ya no es necesario: ahora es un trámite más administrativo gracias al llamado decreto trans.


Conozca más acerca del Decreto 1227 de 2015


“Todas las leyes aquí están pensadas para las parejas heterosexuales”, dice Carlos García.

La lucha de las personas trans no solamente se encamina por la cantidad de derechos que le han sido vulnerados, sino también hacia la discriminación y desigualdad, que ha hecho difícil encontrar espacios en los que sean totalmente aceptadas por la sociedad en general, y además las personas trans tienen que luchar por poder amar libremente.


El matrimonio igualitario fue legalizado apenas en 2016, lo que significa que antes de ese momento, las parejas del mismo sexo vivían en una constante incertidumbre, pues ante la ley y la sociedad no podían contar con los mismos derechos que las parejas heterosexuales. Es ahí en donde se encuentra el verdadero problema, todo en Colombia está pensado bajo el esquema tradicional de familia, aparentemente sigue reinando el matrimonio heterosexual, y por ende, las leyes siguen siendo pensadas bajo ese modelo hegemónico.


La investigación que desarrolló Natalia Rueda, se titula: Corrección del registro civil por ‘cambio de sexo’. A propósito de una sentencia italiana: ¿ruptura del paradigma heterosexual del matrimonio?, [ver investigación], y se basa en el caso de una pareja italiana, que para poder continuar con su matrimonio, luego de que una de las 2 partes se realizara el cambio de sexo, tuvo que sostener una pelea legal contra el Estado.


Esta investigación está enfocada en la jurisprudencia italiana, respecto a si existe o no legislación que ampare a las parejas que desean seguir con el matrimonio, luego de realizar dicha transición. También, menciona de forma ilustrativa el caso de Colombia y Latinoamérica en general, para dar un panorama más amplio de cómo es la situación acá. La investigación hecha por Natalia, que dejó ver los vacíos legales existentes respecto a las personas trans, no habría sido posible si ella no hubiera decidido ir a realizar su posgrado en Italia, “para mí fue sorprendente llegar y encontrarme con ese caso en furor, sobre todo me inquietó cómo ese fenómeno podía cambiar el esquema ya determinado de familia”, dice Natalia.


En el momento en que se presentó este caso coyuntural, la ley italiana le exigía a la pareja firmar el divorcio, a pesar de querer continuar con el vínculo, pues no estaba permitida la unión marital de 2 personas del mismo sexo. En ese punto, fue evidente el problema legal y el vacío jurídico que existe alrededor de este tema. Después de toda una lucha ante la ley, no solamente lograron continuar con su matrimonio, sino que también, sirvió como precedente en la legalización de la unión civil para personas del mismo sexo, un logro grandísimo en un país tan católico como Italia.


Teniendo como ejemplo el caso italiano, se podría pensar que en Colombia las cosas van por buen camino, pues el matrimonio igualitario ya está legalizado, pero en otros países, sorprende que todas las leyes colombianas que reconocen algunos derechos de la comunidad LGBTIQ+, solo hayan sido aprobadas por la Corte Constitucional, pues según Natalia, “lo normal es que este tipo de decisiones sean aprobadas por el ente legislador”, pero, “aquí es imposible que eso pase, porque el congreso representa a las mayorías, y evidentemente acá la mayoría no está de acuerdo con muchas cosas”, agrega.



En ese orden de ideas, el hecho de que en Colombia alguna de las 2 personas de un matrimonio decida cambiar de sexo, y manifieste que quiere continuar con el vínculo o divorciarse, no debería traer ningún tipo de inconveniente legal, ni mucho menos en términos de familia, pues en teoría, el matrimonio igualitario es completamente válido, pero en la práctica no es así.


Como lo dice Carlos García, abogado especialista en derecho civil: “todas las leyes aquí están pensadas para las parejas heterosexuales”, analizando dicho postulado desde un derecho tan simple como el divorcio, asombra que solo una de las 9 causales establecidas en el artículo 154 del Código Civil, sea la que se ajusta a la situación, en que una de las 2 partes se quiera divorciar después del cambio de sexo. La causal de divorcio número 9, según el Código Civil, hace referencia a “el consentimiento de ambos cónyuges manifestado ante juez competente y reconocido por éste mediante sentencia”. Esta, en cualquiera de los casos es la mejor opción, pero no debería ser la única para las personas trans, pues no siempre existe el común acuerdo, y en ese caso, el proceso de divorcio en la mayoría de ocasiones, empezaría a sostenerse bajo adaptaciones de algunas causales, que en efecto, pueden incurrir en conductas de discriminación hacia las personas trans.


Pero es claro que aparte del tema legal, existen problemas más graves, como la violencia y la discriminación de las que son víctimas las personas trans, una problemática que desde lo legal ha tratado de mitigarse, pero eso de nada va a servir, mientras la sociedad en general siga siendo la que juzgue y maltrate.


- Sencillamente no pueden judicializar a cada persona que discrimine a una persona trans, porque tendrían que coger a media Colombia - dijo Carlos.

- ¿Y si la discriminación viene del Estado, ahí qué hacen? – le pregunté.

- Muchos casos de violencia llegan a manos de jueces homofóbicos, y ya se sabe en qué termina todo.




Ficha técnica:

Natalia Rueda

Grupo de investigación: Derecho privado

Correo: natalia.rueda@uexternado.edu.co

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